|
 |
|
|
|
|
|
 |
|
Seguro de Vida + APV: La combinación perfecta para los futuros pensionados.
|
|
 |
|
 |
Es inevitable pensar en el futuro y cuál será nuestra situación en unos años mas, pero eso nos da la ventaja de estar preparados y tomar acciones que beneficien nuestros años venideros. Es importante que mientras estemos activos laboralmente tomemos conciencia de nuestro futuro como pensionados y comencemos a ahorrar desde ya.
Para eso existe un mecanismo de ahorro adicional al de las cotizaciones obligatorias, llamado APV o Ahorro Previsional Voluntario. Una alternativa para que las personas en forma voluntaria ahorren dinero extra para su jubilación, en un sistema que les permite tanto a los trabajadores dependientes como independientes, aumentar sus fondos a un bajo costo de administración y mejorar la pensión al momento de retirarse.
|
|
|
|
|
También es importante saber, que dentro de este mecanismo de ahorro voluntario, existen distintos beneficios. Estos van a depender, por un lado, del tipo de trabajador que sea (dependiente o independiente), pero además, va a depender del tipo de régimen tributario que el trabajador elija. Dentro de los cuales está:
- Modalidad A: En el caso de esta modalidad, el estado le otorgará una bonificación del 15% de lo ahorrado durante un año. Por ejemplo, en el caso de que el ahorro voluntario sea de $100.000 al año, el estado le proporcionará $15.000 extras. Sin embargo este tendrá un tope de 6 UTM y además los montos solo se podrán retirar luego de pensionarse. De lo contrario se le retendrá el 15% de sus fondos.
- Modalidad B: En el caso de esta otra modalidad, permite la opción de un beneficio tributario de acuerdo a la tasa de impuesto en la que esté el ahorrante, beneficiándolo en el mismo porcentaje del monto ahorrado. En otras palabras, el afiliado puede rebajar directamente de su base tributable el monto equivalente en impuestos. En el caso de retiro anticipado de esta modalidad, el afiliado tendrá que pagar el impuesto correspondiente a la tasa tributaria del año, más un recargo de entre el 3% y 7%.
Una modalidad distinta es la que ofrece Chilena Consolidada, quien entrega una opción de Seguro de Vida + APV, la cual junto con pagar la prima del seguro, se ahorra para el momento de la jubilación. Acogiéndose de todas formas, a los beneficios tributarios del APV. Dentro de esta modalidad existen dos alternativas:
APV Full Protección / APV Business:
Beneficios:
- Seguro de Vida asociado a un atractivo beneficio tributario, como es, el Ahorro Previsional Voluntario.
- Como existe un seguro de vida asociado, en caso de fallecimiento, Chilena Consolidada pagará el capital asegurado a sus beneficiaros.
- Los fondos del APV son inembargables mientras no sean retirados.
- Pago automático de prima a través de Cuenta Corriente Bancaria o Tarjeta de crédito.
- Podrá administrar directamente sus inversiones a través de su página web, modificando la composición de su cartera según el riesgo que desee tomar y las condiciones del mercado.
APV Preferente:
Beneficios:
- Orientado principalmente en el ahorro para la pensión.
- Permite acumular un patrimonio adicional al de la AFP.
- Los ahorros acumulados son entregados a los beneficiarios en forma directa por la Compañía de Seguros (luego de tributación del 15%).
- Los ahorros acumulados son acogidos al beneficio tributario del APV.
- Los fondos del APV son inembargables mientras no sean retirados.
- Pago automático de prima a través de Cuenta Corriente Bancaria o Tarjeta de crédito.
- Podrás administrar directamente tus inversiones a través de tu página web, modificando la composición de tu cartera según el riesgo que desees tomar y las condiciones del mercado.
IMPORTANTE: Este informativo sólo contiene un resumen de las coberturas del "Seguro APV Full Protección" y "APV Preferente". El detalle de sus condiciones, requisitos, limitaciones y exclusiones, así como el monto y condiciones de pago de la prima, la cual varía según el capital asegurado, se detallan en las Condiciciones Generales POL 2 2014 0283, depositados en la Superintendencia de Valores y Seguros, y en las Condiciones Particulares de la Póliza.
|
|
 |
|
|
|
|
|
 |
|
|
|